y por imperativo legal, además
Existe una creencia generalizada según la cual, las naves industriales no son edificación, ergo, no están afectadas por la Ley de Ordenación de la Edificación, ergo, no necesitan informe geotécnico.
A este razonamiento sólo le faltaría el quod erat demonstrandum si no fuera por un pequeño detalle, que los razonamientos inductivos, pese a su aparente lógica, dependen de la veracidad de las premisas y aquí falla la primera, eso de la “creencia generalizada”, porque una nave industrial sí es edificación, y además por imperativo legal.
Como se trata de una cuestión recurrente y circulan muchas versiones, voy a intentar explicarlo con detalle (si, hoy os toca leer):
Salvo excepciones (que las hay), las naves industriales no suelen ser muy complicadas. Normalmente se trata de estructuras ligeras, que transmiten cargas relativamente bajas a cimentación, toleran bien los asientos diferenciales y no tienen muchos problemas geotécnicos. Justamente por eso, porque no suelen tener problemas, hasta hace unos años sólo se hacían informes geotécnicos para naves industriales cuando había razones expresas para ello: zonas de marjal, rellenos compresibles o colapsables, muelles de carga, puentes grúa muy pesados, máquinas vibratorias, etc. (y no, no exagero, yo me he encontrado con naves industriales pilotadas).
Esta era, más o menos, la forma de actuar hasta 1999, año en el que entra en vigor la Ley de Ordenación de la Edificación [pdf, 72 KB] y, con ella, su ambicioso Artículo 2, que establece que TODO es edificación -naves industriales incluidas-, y que TODO necesita informe geotécnico. De repente, de un día para otro, y salvo justificación expresa, todas las naves industriales necesitan informe geotécnico, no sólo las problemáticas o complicadas, no, todas (¿quieres que la gente odie algo?, hazlo obligatorio, nunca falla).
La situación se mantiene así hasta 2007, momento en el que entra en vigor, por fin, el Código Técnico de la Edificación y se descubre que determinado artículo, el 2.7, “interpretado” de forma conveniente, permite “alterar” las clasificaciones de edificación establecidas por la LOE, liberando (otra vez) a las naves industriales de la tiranía del informe geotécnico, entre otras muchas cosas…
Esta “interpretación” funciona durante algunos años, básicamente porque las clasificaciones establecidas por la LOE no son muy concluyentes, pero existe un pequeño matiz legal que complica el asunto, que una norma de rango inferior no puede modificar una de rango superior, es decir, que el CTE puede desarrollar la LOE, pero no modificarla. Con la iglesia hemos dado, Sancho.
Se dicen muchas cosas sobre las leyes, que hasta que no entran en vigor no se puede saber si están bien redactadas o no, que las redactan personas que luego no las tienen que aplicar, que “hecha la ley, hecha la trampa”, etc., pero una cosa es cierta, la justicia es lenta, porque hasta mayo de 2010 no se resolvió este asunto, ¿cómo?, por la vía rápida, anulando el Artículo 2.7 del CTE.
El BOE con la anulación [pdf, 156 KB] es muy conciso, se limita a decir que queda anulado el artículo y ya está. La sentencia completa está aquí, en un texto farragoso pero de interesantes conclusiones, ya que el artículo anulado permitía también otras interpretaciones de la LOE sobre las titulaciones necesarias para proyectar determinadas estructuras, el polémico tema de las competencias, una vez más.
La sentencia tiene detalles curiosos, como esta frase, no exenta de cierta ironía:
No se trata de atajar ocultas intenciones de los redactores del Código Técnico de la Edificación tendentes a favorecer a una profesión en detrimento de otras, sino del empleo de una correcta técnica normativa que evite confusión y con ello una conflictividad desbordante.
Por supuesto que la finalidad de las normas es la guía esencial para su interpretación, pero, para conocer con certidumbre cuál es aquélla, los preceptos deben ser claros y, cuando se trata del reglamento ejecutivo de una ley, han de ajustarse a las expresiones y palabras de ésta con respeto por las clasificaciones que contenga, de las que no puede apartarse sin expresa delegación de la propia ley.
Resumiendo. Hoy por hoy, y de acuerdo a la normativa vigente (LOE y CTE), TODAS las naves industriales están obligadas a realizar un informe geotécnico. Evidentemente, tratándose de una cuestión técnica, si el autor del proyecto justifica que no es necesario hacerlo, puede ahorrárselo… pero sólo si esa justificación es válida técnicamente, decir «esto aguanta sin problemas» no es una justificación, es una completa estupidez.
Para saber más:
Hombre, lo de interpretar el 2.7 del CTE para saltarse el estudio geotécnico es un poco rebuscado: Habla de la clasificación de edificios, pero no de eximir a ninguno de éstos.
Cuando alguien no quiere pagar un determinado trabajo, se agarra a un clavo ardiendo. Y lo que yo he visto es que el artículo favorito es el 2.2:
"excepto a aquellas construcciones de sencillez técnica y de escasa entidad constructiva, que no tengan carácter residencial o público, ya sea de forma eventual o permanente, que se desarrollen en una sola planta y no afecten a la seguridad de las personas"
Y si les discutes, te explican que una nave de más de 2000m2 con pórticos de 20m es de escasa entidad constructiva.
Que aunque tenga las oficinas en planta primera, éso no cuenta, porque es sólo una pequeña zona.
Que los trabajadores que habrá dentro no se consideran personas, porque son pocos, o porque saben donde están las salidas de emergencia…
…Y llegas a la conclusión de que no hay peor ciego que el que no quiere ver…
Nunca me he encontrado en la situación, pero si tuviera que proyectar una nave industrial seguro que exigiria un geotecnico mínimo.
La foto, increible! Es un milagro que eso aguante en pie.
madremiadelamorhermoso, en esa sentencia no se entiende nada¡¡¡
pol·lamordediossssss… no me digas que has sido capaz de leerte la sentencia entera!!! a todo esto… la foto es impagable ¿de dónde la sacaste?
Entera, y varias veces, además, que a la primera no me enteré de nada. Dicen que los técnicos utilizamos palabras raras pero lo de esta gente no tiene nombre…
La foto es de una de las primeras entradas del blog. Me la enviaron por correo, no tengo ni idea de cuál es su origen, pero me parecía que se podía ajustar al tema y la he "rescatado" para la ocasión.
inmejorable ilustración que explica de una vez por todas el por qué las empresas especializadas en naves industriales sostienen su duelo económico en ofertas -precio cerrado incluido- en la optimización de la estructura de la nave, dejando ‘para mejor ocasión’ el ‘espinoso’ tema de la cimentación.
en jerga se llama abordar la estructura como ‘módulo lunar’
la estructura presentada es de una ‘honestidad’ rayana en la ‘santidad’,… no hay gastos ‘sorpresa’ tras el costo de la nave (si se me permite la figura)
desafortunadamente, la realidad obliga a contar con una partida para la cimentación, y, especialmente lleva a sorpresa si se han considerado empotrado los pórticos en su base, lo que ‘desahoga’ bastante las solicitaciones en la propia estructura, con su ocioso abaratamiento (ya se percatarán de ‘lo de la cimentación’).
agradecido, eufe
p.s. todos los días voy a por el pan, la leche, y la nueva versión del ‘CTE’