¿Las Normas UNE son de obligado cumplimiento?, ¿no deberían entonces ser gratuitas?

Grandes preguntas de la humanidad: ¿Son de obligado cumplimiento las normas UNE?, ¿por qué?, ¿dónde lo dice? En caso de serlo… ¿por qué hay que pagar?, se supone que la normativa obligatoria es gratuita, ¿no?. Y ya que estamos con el tema, ¿no deberían publicarse en el BOE, si fueran obligatorias?

¿Las normas UNE son de obligado cumplimiento?

Pues bien, pese a lo que podáis pensar, la solución es SI y NO al mismo tiempo, cual gato de Schrödinger. En teoría (o sea, legalmente), las normas UNE no son de obligado cumplimiento salvo que la Administración o los Pliegos lo exijan, es decir, que NO son obligatorias.

Hasta aquí de acuerdo, pero resulta que tanto la Administración como los Pliegos las piden por defecto, o sea que, en la práctica, las normas UNE SI son de obligado cumplimiento.

¿Tiene sentido pagar por algo que es obligado tener y cumplir?

No (pero sólo es mi opinión, claro).

Si la normativa legal obligatoria se puede descargar gratis, ¿por qué no las normas UNE?

Nadie lo sabe.

 

Es necesario que exista una normativa de referencia, eso ni se discute, pero el concepto de «pago por norma» ya no tiene sentido. En mi opinión debería «mutar» hacia alguna especie de «canon de normalización» aplicado a los trabajos que se hagan bajo normativa, pero pagar por unas normas que hay que seguir de modo obligatorio es absurdo.

[Actualización]

Si el obligado cumplimiento de las normas UNE ya es confuso, que su contenido sea «secreto comercial» y , además, confidencial, ya es kafkiano, ¿sabías que hay que cumplirlas sin divulgar su contenido…? Si, de verdad, no bromeo, eso dice la licencia.

Informes Geotécnicos, Seguros Decenales y Organismos de Control Técnico

Dado el inesperado (y celebrado) porcentaje de visitas desde fuera de España, creo que es conveniente explicar ciertas peculiaridades de la geotecnia de edificación en España durante esta última década, a fin de que se entiendan algunas de las cosas que cuento por aquí.

Va a ser un post largo. Lo aviso desde el principio.

La obligatoriedad del informe o estudio geotécnico figura en las normativas estructurales desde hace muchos años, como parte del dimensionamiento de la estructura. Al igual que se supone una resistencia de cálculo para el hormigón y/o el acero, el suelo tiene la suya. Lo malo es que (normalmente) el suelo no lo fabricamos, es el que hay in situ. Suponer un valor de resistencia sin más y pretender luego que el suelo lo verifique no es muy inteligente pero, por desgracia, es lo más habitual.

Como suele ocurrir, la ley se acata pero no se cumple. Por supuesto, se decía que se hacía un informe geotécnico, pero era mentira, no se hacía excepto en casos muy concretos (anejos de obra civil y edificios grandes o con varios sótanos). En las viviendas unifamiliares, por ejemplo, no se hacía, en esos casos se funcionaba por «experiencia local«, socorrido concepto que sirve para todo, desde fijar la resistencia del terreno hasta decir «esas grietas son normales, es el terreno, que siempre asienta«, una falsedad que la gente se cree en las paredes de su casa pero no en un ruidito del coche, curioso porque, normalmente, la casa vale mucho más que el coche y está mucho peor construida.

En el año 1999 se aprueba la Ley de Ordenación de la Edificación [pdf] y, entre otras novedades, añade la obligatoriedad de contratar un Seguro Decenal que asegure durante diez años los posibles vicios de la estructura, inclusive fallos estructurales debidos a errores de la cimentación. Tiene algunos matices un tanto extraños entre los artículos 17 y 19, pero si algo tan evidente se tiene que imponer por ley es mala señal.

De nuevo vuelve a pedirse por escrito un informe geotécnico, pero esta vez con un detalle que va a traer muchos problemas futuros, al igual que cuando te das un golpe en el coche hay un tasador que valora el coste de la reparación, la Compañía de Seguros exige que un Organismo de Control Técnico (el famoso OCT) valore la idoneidad o no del informe geotécnico a la edificación.

Atención al tema, porque el Organismo de Control Técnico no figura en la ley, sino que lo impone la Compañía de Seguros para otorgar el Seguro Decenal. Lo cierto es que no era mala idea, después de todo, puesto que se trata de un informe técnico es perfectamente lógico y normal que exista un perito técnico que actúe como asesor y compruebe que todo esté bien hecho y sea correcto…

… pero resulta ser un problema. Primero, porque mucha gente descubre aquí el informe geotécnico, a pesar de que ya figuraba en las normativas desde 1971; y segundo, porque se pone como condición para trabajar en un OCT tener unos determinados años de experiencia que nadie cumple. Por ejemplo, para un OCT de nivel C se exige tener dos titulados superiores con no menos de ocho años de experiencia, una buena idea pero en muy mal momento, con el mercado laboral al alza y todos los técnicos colocados ya.

Como no hay mucha gente disponible con esa experiencia (recordemos, la ley se acata pero no se cumple) ni tampoco están dispuestos a pagar lo necesario para conseguirlos, en un ejercicio de incoherencia próximo a la ilegalidad, los OCT deciden contratar a gente sin experiencia y darles un cursillo básico de mecánica de suelos, ni cimentaciones ni estructuras, sólo nociones básicas de mecánica de suelos… el desastre está servido.

De un día para otro, técnicos con un cursillo de una semana se convierten en «censores» de gente que lleva años trabajando, con sus virtudes y sus defectos… el horror.

¿Era necesario el seguro decenal?

Si, todos conocíamos algún caso de una empresa desconocida que promueve y construye una serie de viviendas y, una vez vendidas, cambia de nombre y deja de existir legalmente… el truco perfecto, si hay defectos o se quiere protestar por algo, las reclamaciones quedan en el limbo, nadie responde, bueno, si, la Compañía de Seguros.

Alguien puede decir que el cometido de una Compañía de Seguros es justamente ese, asumir un riesgo y cobrar por ello, de acuerdo, pero el riesgo se asume y cobra en función de una cierta información sobre lo asegurado. Para hacerte un seguro de vida por lo menos ven como estás y estiman el riesgo de que no tengas nada grave (y les salgas rentable) o te tires toda la vida de hospitales (y seas una ruina), dependiendo de tu salud te cobran más o menos. Aquí no se sabía nada de nada, las viviendas se aseguraban a ciegas. Con el tiempo, las puertas no cerraban, las paredes se agrietaban, la piscina perdía agua y todo eran problemas, especialmente en las viviendas unifamiliares, hechas con mucho menos control.

¿Cómo se lo tomaron los constructores?

Como siempre que se aprueba una ley que te perjudica, los afectados son los últimos en (querer) enterarse, y este caso no fue una excepción, los constructores se hicieron los sordos y siguieron como si nada hasta el último momento, cuando te llamaban por teléfono para pedirte «el papel ese del suelo«.

La situación era más cómica que otra cosa, desde el tipo que te traía una foto del solar o un saco de tierra para que lo analizaras deprisa porque tenía la obra parada, al que te amenazaba con no pagarte si no le dabas el informe esa misma tarde… antes de haber hecho siquiera un sondeo. Para variar, todos ellos te decían menos alturas y menos sótanos, pensando que eso daba igual y que así les iba a salir más barato, lo que todavía creaba más problemas cuando no coincidía con el proyecto final.

Surgen OCT y laboratorios de geotecnia por todas partes, los fabricantes de máquinas de sondeos y equipos de laboratorio no paran. Las empresas del ramo, algunas con muchos años de experiencia, se ven desbordadas por ofertas de la «nueva competencia» con informes casi regalados y promesas de tensiones de 2 kp/cm² antes incluso de haber hecho los trabajos… lo cual lleva a un razonamiento lógico por parte del cliente, si los laboratorios pueden dar un «informe previo de tensión» antes de hacer los ensayos… es que no son necesarios, ¿por qué contratarlos entonces?

Es difícil razonar contra esa lógica, y ciertas empresas, ignorantes de lo que se traían entre manos, metieron la pata hasta las orejas bajando los precios, es un problema muy conocido en economía, al igual que está prohibido pactar los precios, si uno los baja demasiado, los demás nunca deben seguirle el juego, so pena de perder todos, exactamente lo que pasó.

Se pueden bajar los precios optimizando procesos, eliminando pérdidas por recálculos estúpidos, por desplazamientos inútiles, por mil cosas, pero no a costa de eliminar ensayos, eso era lo peor que se podía hacer, y lo hemos pagado todos.

Volvamos al tema. En el año 2001, superado ya el plazo de dos años establecido en la LOE, el supuesto documento técnico que debe desarrollar la LOE, el esperado y estricto Código Técnico de la Edificación (CTE) sigue sin salir… aparecen dos o tres borradores, si, pero el documento definitivo no lo hace hasta 2006, y no entrará en vigor hasta 2007, demasiado estricto, demasiado ambiguo y demasiado tarde, para ese momento la confusión existente ha llegado a tal punto que las Compañías de Seguros tienen sus propios técnicos para revisar las revisiones de los OCT… sin comentarios.

¿Cuál es ahora el papel del OCT?

Nadie lo sabe con seguridad, hemos pasado de que nos hagan un seguro de vida a ciegas, a que nos hagan una revisión, que un médico diga que si, que estamos bien, que otro lo confirme y luego, aparte, que se nos prohíba salir de casa… pues hombre, ni una cosa ni la otra.

¿De verdad eran tan malos los Organismos de Control Técnico?

No, claro que no, como suele decirse «de todo hay en la viña del señor«. A lo largo de estos diez años he tratado con muchos técnicos de muy distintos OCT, algunos eran buenos, otros no tanto; de este segundo grupo, muchos se esforzaron por aprender, al comprobar que en geotecnia no existían esos suelos perfectos de los libros, por desgracia, hubo quien ni se molestó, ¿para qué?, mandaban ellos… esos han sido los peores, bajo el Principio de Peter han dado muchos dolores de cabeza.

(No exagero, guardo faxes y correos electrónicos enviados a OCT con cálculos de hundimiento, asientos, pilotes, etc, explicados paso a paso. Por supuesto, lo que te pedía el cuerpo era mandarlos a estudiar, pero no podías hacerlo, tu cliente era el constructor y si el OCT te ponía pegas y no te aceptaba el informe, tú no lo cobrabas, estuviera bien o mal hecho. Te comes el orgullo y das cuántas explicaciones te solicitan, inclusive cómo cambiar de kp/cm² a N/m², patético pero cierto).

¿Qué nos depara el futuro?

Lo discutía el otro día con el responsable de geotecnia de uno de los pocos OCT que ha conseguido mantener constante su nivel de calidad. Por supuesto, a base de perder clientes que se han ido a otros OCT más baratos, de esos que «revisan» por encima informe y proyecto, sólo para quedar bien.

Es de suponer que estos próximos años ya no se va a construir tanto, lo que no implica que las cosas se vayan a hacer mejor, sino que habrá menos clientes a los que «engañar«, así que ¿que opciones tenemos?

  1. Se mantienen los Organismos de Control Técnico y las Compañías de Seguros aceptan su dictamen, sin protestar, como hacen con los demás peritos.
  2. Desaparecen los Organismos de Control Técnico en favor de los técnicos de la Compañía de Seguros. Esta opción sería curiosa, porque la única Compañía de Seguros que intentó hacerlo así hace unos años fue «bloqueada» por las demás, hasta el punto de tener que acudir a los tribunales.
  3. Seguir igual y jugar la gran baza de este país, el inmovilismo, es decir, esperar hasta que otro nos resuelva los problemas y así tener a alguien a quien culpar.

Me inclino por la primera o la segunda opción, pero no por la tercera, no beneficia a nadie. La realidad es que el OCT no aparece citado expresamente en la LOE y no tiene ninguna responsabilidad legal, ante cualquier problema el Arquitecto siempre es el último responsable, no es serio seguir así, debe cambiar.


Lo que he escrito, claro está, es mi versión personal tras muchos años e informes. En defensa de los técnicos de los OCT o de la Compañía de Seguros, reconozco que es necesario que alguien revise los informes, ya no porque somos todos humanos y podemos equivocarnos (que lo somos y lo hacemos), sino porque en todas partes hay «listos». En mi opinión, hay laboratorios que no deberían dedicarse a esto, por lo menos hasta que no aprendan la diferencia entre corto y largo plazo, lo de calcular tensiones efectivas o ajustar una curva edométrica lo doy ya por perdido.

Hemos esperado largo tiempo un Código Técnico que ha salido demasiado tarde, cualquier día entrarán en vigor los Eurocódigos, mucho más laxos y ambiguos, ¿volveremos a discutir otra vez? Posiblemente si.

Por supuesto me he dejado muchas cosas en el tintero, la gran chapuza de eliminar el Seguro Decenal para las viviendas en autopromoción, las Entidades de Control de Calidad o ECC, las especificaciones imposibles de cumplir del Código Técnico, la conocida falacia de «las naves industriales no son edificación y no necesitan estudio geotécnico«, etc., pero ya habrá tiempo de mencionarlo todo.

¿Es correcto seguir usando el SPT?

El ensayo de penetración estándar o SPT (Standard Penetration Test) es el ensayo de penetración dinámica más usado en todo el mundo, y también el más antiguo, porque el modelo que usamos ahora es de 1927, pero las primeras versiones datan de 1902, nada menos.

Normalmente, si algo se mantiene durante tanto tiempo es, o bien porque su exactitud no ha sido superada, que no es el caso, o porque es barato y fácil de hacer, que sí es el caso.

El SPT tiene muchos defectos, la muestra está alterada, sólo sirve para hacer granulometrías, humedades y límites, los golpeos no son válidos en materiales cohesivos y cabe preguntarse hasta qué punto cumple con las normativas modernas.

En su defensa, hay que reconocer que tiene tras de sí un bagaje de muchos años, lo que se traduce en mucha información disponible, por no hablar de las famosas correlaciones del SPT, busques lo que busques, por raro que sea, alguien habrá obtenido una correlación con el SPT.

¿Qué lo mantiene en vigor?

  • El precio (a 15 euros lo he llegado a ver, últimamente)
  • Su facilidad de ejecución (cualquiera puede hacerlo)
  • La «conveniente» alteración de la muestra (es genial, no hay manera de saber si el ensayo se ha hecho bien o mal… ni tan siquiera si se ha hecho o se ha «inventado»)
  • Y, como no, el número de golpes, un valor de resistencia tan inmediato, que ya no requiere más cálculos, cualquiera puede interpretarlo, hasta el sondista.

Ese es justamente el problema del SPT, su versatilidad, si ya sirve para todo, ¿para qué hacer más ensayos?, ¿qué más da que no sea exacto?

¿Se puede hallar la tensión admisible del terreno a partir del ensayo de placa de carga?

Es muy habitual pensar que en obra civil se hace más y mejor geotecnia que en edificación, lo cual no siempre es cierto. Como ocurre en todas partes, se abusa mucho de las prisas de última hora.

Pongámonos en situación, estructura de hormigón, con cargas muy concentradas, y algo denominado «estudio geotécnico» (sic) que, con un par de catas de apenas 0,90 m de profundidad recomienda 400 kN/m².

A punto de hormigonar, un desconfiado Director de Obra no lo ve claro y propone hacer dos placas de carga sobre la solera y ver si aquello es viable o no.

[Si, ya lo sé, el ensayo es «carga con placa», pero todo el mundo lo llama «placa de carga»]


El ensayo de placa de carga es lento y necesita un camión como contrapeso, (mejor tenerlo en cuenta, que en algunos sitios no cabe) pero es fácil de hacer y proporciona datos reales, sin ensayos posteriores ni correlaciones intermedias, y eso siempre es bueno.

¿Se puede hallar la tensión admisible del terreno a partir del ensayo de placa de carga?

Si, pero no directamente.

El asiento elástico de un cimiento circular rígido depende de los parámetros elásticos del terreno (E y v) y de la tensión aplicada. Con la placa de carga se tiene el problema contrario, se conocen la tensión aplicada y el asiento producido, y las incógnitas son E y v.

Al tratarse de un ensayo tensión-deformación a escala reducida (menor que la cimentación definitiva) sobre el mismo suelo, proporcionará los parámetros de comportamiento del terreno real, pero con las limitaciones del modelo reducido.

A partir de esos parámetros se podrá hallar la tensión admisible, siempre y cuando se tengan en cuenta ciertos condicionantes.

1º) ¿Qué valor de v es correcto tomar?

Depende del terreno, aunque 0,25 es un buen punto de partida.

2º) ¿Qué módulo de deformación E obtenemos?, ¿edométrico, sin drenaje, uniaxial, real?

En principio, el real, aunque dependiendo del suelo, podría ser sin drenaje.

3º) ¿Qué espesor de terreno se ensaya?

Unas tres veces el diámetro, no más.

4º) El asiento elástico ¿qué porcentaje representa respecto del total?

Depende del terreno, hay que estudiarlo para cada caso, pero por suerte existe bibliografía sobre el tema.

5º) ¿Qué norma tomar, la antigua UNE 7391-75, la NLT 357-98 o la moderna UNE 103808-06?

Pues como se suele decir, «para gustos, colores», pero con una estructura que transmite cargas estáticas, prefiero la UNE 7391-75, con una carga más pausada.

6º) ¿Cómo podemos saber si el ensayo es fiable?

Estudiando cómo varía el módulo de elasticidad E durante el proceso de carga. Si el terreno se comporta de modo elástico, el valor de E debe mantenerse más o menos constante durante la carga, verificando también que el terreno mantiene sus propiedades en profundidad (la escasa profundidad que cubre este ensayo, claro).

7º) ¿Qué pasa con el terreno por debajo, el que no se ha ensayado?

Dependerá del tamaño real de la cimentación, la distribución de tensiones en profundidad se puede calcular sin problemas, así que sólo hace falta estudiar, para las dimensiones reales, qué porcentaje de la tensión se concentra en el espesor que hemos ensayado y comprobar hasta qué punto son válidos los resultados.

8º) ¿Qué se hace con el módulo de balasto?

En este caso, nada, era una cimentación rígida, el módulo de balasto no intervenía en los cálculos estructurales, ya trataré el tema más adelante.

geotecnia, ensayo de placa de carga

Como se puede ver, en el primer escalón de carga, el inicial, el terreno se reajustó y cedió un poco pero luego se estabilizó, obteniéndose en ambas placas módulos muy constantes, pero también muy distintos, del orden de cuatro veces.

Calculados de nuevo los asientos diferenciales con estos dos valores de E, no se pudo mantener la recomendación de 400 kN/m², tuvo que bajarse a 230 kN/m², como ya he dicho, eran cargas muy concentradas.

9º) ¿Cuánto ha costado recalcularlo todo de nuevo y el consiguiente retraso?

Mucho más de lo que hubiera costado hacer un buen informe geotécnico desde el principio… eso si, como lo han vendido bien y le han echado la culpa al terreno, todavía lo cobrarán por algún otro lado, que la contrata siempre gana, incluso cuando pierde.

10º) ¿Por qué el ensayo no llega a 400 kN/m², que era la tensión recomendada?

Ni idea, yo también me lo pregunto.

y 11º) ¿Se ha exigido alguna explicación a los redactores del estudio inicial?

Para variar, no.